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Requisitos de entrada


Cosas que debe saber antes de venir a las Islas Caimán

Airport Visitors Las Islas Caimán se esfuerzan continuamente por garantizar que los visitantes de sus costas puedan pasar por la aduana y el control de inmigración de forma rápida y despreocupada. Los visitantes que descienden del avión en Gran Caimán son recibidos con el dulce sonido de la música en vivo cuando entran en la sala de llegadas. Los agentes del servicio de aduanas y los profesionales de inmigración revisan la documentación de los visitantes y son los encargados de darles paso hacia unas vacaciones de ensueño. 


Para evitar problemas al pasar la frontera, traiga los siguientes formularios cumplimentados a su llegada:
-           Tarjeta de identificación de turistas (Tourist Identification Card, se la proporcionará el personal de la aerolínea)
-           Prueba de identificación (consulte los criterios que aparecen a continuación)
-           Formulario de declaración de aduanas

Tourist Information Booth Arrival Lounge
(Grand Cayman)
Los ciudadanos canadienses NO requieren pasaporte, pero deben presentar una prueba de ciudadanía. La prueba de ciudadanía puede ser:
Pasaporte o certificado de nacimiento con sello en relieve e identificación con fotografía (p. ej. carné de conducir) 

* Las fotocopias de los certificados de nacimiento deben haber sido compulsadas por un notario público.

Todos aquellos que entren en las Islas Caimán y que requieran pasaporte deben asegurarse de que este esté en vigor y tenga una validez mínima de seis meses tras la fecha de regreso.

Usted no necesitará visado si es estadounidense, británico, canadiense o ciudadano de cualquier otro país de la Commonwealth (exceptuando Bangladesh, Gambia, India, Pakistán, Sri Lanka, Camerún, Ghana, Nigeria, Sierra Leona y Uganda) o ciudadano de cualquiera de los siguientes países:

Alemania, Andorra, Argentina, Austria, Bahréin, Bélgica, Brasil, Chile, Dinamarca, Ecuador, España, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Israel, Italia, Japón, Kuwait, Liechtenstein, Luxemburgo, México, Mónaco,  Noruega, Omán, Países Bajos, Panamá, Perú, Portugal,  República de Irlanda, República Popular China (sólo ciudadanos que disponen de pasaporte de Hong Kong SAR China), San Marino, Suecia, Suiza y Venezuela.

Los ciudadanos del resto de países no mencionados con anterioridad deberán ponerse en contacto con el Consulado Británico más cercano o la Oficina del Alto Comisionado para solicitar información sobre los requisitos de entrada o recibir los impresos para solicitar el visado. La validez de los documentos para la entrada es de seis meses. Los residentes en los Estados Unidos extranjeros que muestren una tarjeta de Registro de extranjeros de los EE. UU. válida (tarjeta verde) podrán entrar y permanecer en las Islas Caimán por un periodo de 30 días.

No tendrá la obligación de presentar un visado en su entrada a las Islas Caimán la persona que no se considere inmigrante "prohibido"* y demuestre al oficial de inmigración que es:
 (i) persona que dispone de permiso de trabajo que le autoriza a trabajar en las Islas Caimán
(ii) persona que se cita en el permiso de trabajo como dependiente del titular del mismo
(iii) persona exenta de cumplir los requisitos de poseer un permiso de trabajo o dependiente de alguien con tal categoría
(iv) pesona que tiene permiso para residir de forma permanente en las Islas Caimán.
(v) el poseedor de un permiso válido de reentrada 

* La definición completa de inmigrante prohibido se recoge en la Ley de Inmigración de 2003 e incluye a indigentes, enfermos mentales, personas que supongan un peligro sanitario para la comunidad, cualquier persona que se considere de forma razonable que ejerce la prostitución o vive de ella, cualquier persona que haya sido deportada con anterioridad, individuos condenados en cualquier país por un delito con una sentencia de cárcel de 12 meses o más, y otras personas declaradas inmigrantes no deseados por razones económicas o morales.

Un pasajero en tránsito que sea nacional de cualquieira de los siguientes países debe presentar un visado a su llegada a las islas: Afganistán, Albania, Argelia, Angola, Bangladesh, Bielorrusia, Birmania (Unión de Myanmar), Burundi, Camerún,  República Popular China, Colombia, República Democrática del Congo (Zaire), Ecuador, Eritrea, Etiopía, Gambia, Ghana, India, Irán, Iraq, Costa de Marfil, Líbano, Liberia, Antigua República Yugoslava de Macedonia, República de Moldavia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Territorios palestinos, Ruanda, Arabia Saudita, Senegal, Serbia y Montenegro, Sierra Leona, Somalia, Sri Lanka, Sudán, Turquía, Rep. Turca del Norte de Chipre, Uganda, Vietnam, Yugoslavia y Zimbabue.

CÓMO OBTENER UN VISADO
Las personas que requieran visado para entrar o pasar en tránsito por las Islas Caimán deben solicitarlo en la Embajada o Consulado Británico más cercano que disponga de un departamento de visados. Nota: los originarios de Cuba y Honduras deben solicitarlo en la Embajada Británica de La Habana y en la Oficina de Visados de las Islas Caimán en La Ceiba respectivamente. Los originarios de Jamaica que residan en el país deben solicitarlo en la Oficina de Visados de las Islas Caimán en Dominica Drive, New Kingston.

Si tiene preguntas concretas sobre la entrada en las Islas Caimán, póngase en contacto con el Departamento de inmigración de las Islas Caimán: (345) 949-8052

Recuerde conservar la tarjeta de inmigración que se le entrega a la llegada. Los visitantes deben conservarla junto a sus documentos de viaje y presentarla al salir.

Impuesto de salida del país: Hay una tasa de 20 KYD o 25 USD como impuesto de salida de las Islas Caimán que se incluye en el precio de su billete de avión.

Trabajar en las Islas Caimán: Si planea un viaje de negocios, debe saber de antemano que los comerciantes que planean solicitar negocios y recibir pedidos en nuestras islas necesitan un permiso de trabajo temporal. Las solicitudes a tal efecto se pueden obtener por anticipado en el Departamento de Inmigración. Póngase en contacto con la oficina los días laborables entre las 9:00 y las 16:00 h. en el (345) 949-8344. Asimismo, debe declarar todos los artículos de muestra que introduzca en el país y llevárselos consigo cuando lo abandone. Tenga en cuenta que nuestras Leyes de inmigración dictan que los visitantes no tienen permiso para aceptar trabajos en las Islas Caimán sin disponer de un permiso de trabajo emitido por el gobierno.
 
Requisitos para la entrada en las Islas Caimán:


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